EN LA DEFENSA D'UNA SANITAT PÚBLICA SOCIALMENT EFICIENT

divendres, 4 de novembre del 2011

Obligacions deontològiques davant el sistema sanitari. Nou Codig Deontològic de la OMC

Articulo 7.-4...Está obligado a procurar la mayor eficacia de su trabajo y el rendimiento óptimo de los medios que la sociedad pone a su disposición. 5.‐ Siendo el sistema sanitario el instrumento principal de la sociedad para la atención y promoción de la salud, los médicos han de velar para que en él se den los requisitos de calidad, suficiencia asistencial y mantenimiento de los principios éticos. Están obligados a denunciar las deficiencias, en tanto puedan afectar a la correcta atención de los pacientes.
Articulo 45.-1...El médico que presta su servicio en el Sistema Nacional de Salud ha de velar y contribuir para que en él se den los requisitos de calidad, suficiencia y cumplimiento de los principios éticos..... 2.‐ El médico pondrá en conocimiento de la dirección del centro las deficiencias de todo orden, incluidas las de naturaleza ética, que perjudiquen la correcta asistencia. Si no fuera así, las denunciará ante su Colegio, y en última instancia a las autoridades sanitarias, antes de poder hacerlo a otros medios http://www.medicosypacientes.com/colegios/2011/07/11_07_12_codigo